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Video revelaría el fraude, falsas pruebas y corrupción judicial

Hoy día Chevron hizo pública una serie de siete videos que brinda una imagen nunca antes vista en el caso que se ventila en el Ecuador. Desde un relato de la historia de la producción petrolera en la región, hasta el extendido fraude que afecta todo el proceso, los videos detallan todos los aspectos del escenario en el que se desarrolla el caso, incluso los engaños de carácter jurídico y científico en los que ha incurrido el equipo legal de los demandantes en una demanda falaz y carente de todo mérito.

La petrolera Chevron ha publicado una serie de videos que revelarían que la demanda planteada en su contra por los supuestos daños causados en la amazonia ecuatoriana por la ex Texaco es una trama fraudulenta basada en pruebas falsas que fueron recabadas en las cortes de EEUU.

Uno de eso videos, que se puede ver adjunto a esta nota, reseña como se armó la demanda desde la contratación de abogados estadounidenses que fueron financiados por fondos de alto riesgo y otros especuladores. Esto incluyó a consultores, cabilderos, y especialistas en relaciones públicas para fabricar pruebas y generar una narración falsa, que agregó un documental llamado Crude, como parte de la multimillonaria estafa.

Según la versión de Chevron, hay testimonios y correos electrónicos de los propios abogados, que demostrarían la falsificación de pruebas, la corrupción judicial, y colusión del gobierno.

Para Steven Donziger, abogado de los demandantes, la motivación que tuvo para representar este caso fue: “Obtener el puto dinero”, y más adelante admite que si los hechos no existen hay que crearlos.

En la propia declaración de Donziger en la corte de EEUU, éste admite que el informe del perito Richard Cabrera fue escrito por Stratus Consulting, una empresa de consultoría ambiental, que fue la que redactó anónimamente el informe de daños y perjuicios por 27.000 millones de dólares.

La trama fraudulenta -siempre la versión de la Chevron- quedó expuesta cuando Chevron descubrió el borrador final del informe de Cabrera en las computadoras de los abogados demandantes.

A falta de pruebas, según el propio Donziger, el idioma que el juez de la causa conoce es la presión, intimidación y la humillación”. Además, la percepción de Donziger de los jueces ecuatorianos es que todos son corruptos, es un derecho de nacimiento, porque se les paga poquito, refirió.

También se descubrió que la sentencia fue redactada anónimamente por los abogados de los demandantes. (rtj)

http://www.ecuadorenvivo.com/2012042490271/economia/juicio_a_chevron_todo_por_el_puto_dinero_segun_video_de_la_petrolera.html

Hoy día Chevron hizo pública una serie de siete videos que brinda una imagen nunca antes vista en el caso que se ventila en el Ecuador. Desde un relato de la historia de la producción petrolera en la región, hasta el extendido fraude que afecta todo el proceso, los videos detallan todos los aspectos del escenario en el que se desarrolla el caso, incluso los engaños de carácter jurídico y científico en los que ha incurrido el equipo legal de los demandantes en una demanda falaz y carente de todo mérito.

Tras la intervención ayer del canciller Ricardo Patiño en la Comisión Interamericana de Derechos Humanos (CIDH), en el marco de su 144 Período de Sesiones de la Organización de Estados Americanos (OEA), el Presidente de la Comisión, José de Jesús Orozco, expresó su inconformidad.

El alto funcionario recordó a la delegación que la reunión había sido solicitada exclusivamente para discutir asuntos de carácter general, y explicó que la referencia a asuntos en trámite sin la presencia de la otra parte no podría ser tenida en cuenta por la CIDH dado que violaría el principio de igualdad procesal entre las partes.

La Comisión lamentó que, pese a esto, los representantes del Estado ecuatoriano hayan optado por hacer referencias a la medida cautelar y el caso relacionado con el diario El Universo.

Asimismo, expresó que tal y como se alertó a la respectiva delegación ecuatoriana, que dichas referencias no serán tenidas en cuenta en la evaluación de peticiones o casos concretos, y que no han sido ni serán registradas en sus archivos.

La CIDH recordó que es un órgano principal y autónomo de la OEA, cuyo mandato surge de la Carta de la OEA y de la Convención Americana sobre Derechos Humanos. La Comisión Interamericana tiene el mandato de promover la observancia de los derechos humanos en la región y actúa como órgano consultivo de la OEA en la materia.

22 de marzo 2012

Hernán Pérez

La República del Ecuador se ha negado a cumplir con un laudo arbitral provisional emitido por un tribunal arbitral internacional. El tribunal ha pedido al Ecuador detener un proceso judicial entablado por un grupo de ecuatorianos en contra de una corporación multinacional hasta que éste se pronuncie sobre los méritos de la disputa. La corte decidió que no cumpliría con el laudo arbitral provisional puesto que entraba en conflicto con los tratados sobre derechos humanos de los que el Ecuador es signatario.

Hechos En el 2003 un grupo de ciudadanos ecuatorianos de la Amazonía entabló un juicio en contra de Texaco Petroleum Company, una multinacional petrolera de los Estados Unidos que se fusionó con Chevron Corp. en el 2001. En su queja los demandantes aducen que Texaco causó daños ambientales cuando la compañía y Petroecuador, la estatal petrolera ecuatoriana, operaron los campos petroleros en la provincia de Sucumbíos. Los demandantes buscan cobrar aproximadamente 29 mil millones de dólares en daños.

Los demandantes entablaron su demanda ante la Corte Provincial de Sucumbíos luego de que por casi diez años habían fracasado en su intento por hacer que su caso fuese escuchado por las cortes de Nueva York.(1)

Una de las defensas presentadas por Chevron ante la corte ecuatoriana, fue que Petroecuador estaba obligado a aparecer como codemandado en el juicio, según dos acuerdos firmados en 1995 y 1998. En dichos acuerdos Petroecuador liberó a la compañía

norteamericana de toda obligación ambiental, una vez que el inversor extranjero habría completado un proceso de remediación en los campos petroleros.

Las distintas etapas del proceso en el Ecuador han estado marcadas por la controversia. La compañía acusada ha sostenido que Petroecuador actuó en colusión con los demandantes para evadir su responsabilidad legal y obtener dividendos financieros de Chevron. Según la compañía las cortes ecuatorianas no han garantizado el debido proceso; más aún, Chevron sostiene que los demandantes, peritos y jueces habrían cometido actos de corrupción. Los demandantes y las autoridades ecuatorianas negaron tales acusaciones. En septiembre de 2009 Chevron presentó un pedido de arbitraje internacional amparado en el Acuerdo Bilateral de Inversiones entre los Estados Unidos y Ecuador.(2) Chevron adujo que Ecuador había incumplido con las obligaciones establecidas en el acuerdo, incluyendo la cláusula de trato justo y equitativo.

Mientras el caso de arbitraje entraba en su fase preliminar, el caso en el Ecuador se encontraba en sus etapas finales. En febrero de 2011 el juez emitió su sentencia, la que obliga a Chevron a pagar 19.200 millones de dólares.(3) Se suponía que el monto establecido en el laudo financiaría, entre otras cosas, las operaciones de remediación en las áreas que los demandantes alegan han sido afectadas por Chevron. Un año después, el 3 de enero de 2012, la Corte de Apelaciones de Sucumbíos confirmó la sentencia. A pesar de que Chevron presentó un recurso de casación ante la Corte Nacional el 20 de enero de 2012, la compañía no presentó una caución para suspender los efectos de la sentencia y, por lo tanto, ésta se tornó ejecutable.

El 16 de febrero de 2012, en respuesta a una solicitud presentada por los demandantes, el tribunal arbitral internacional emitió un laudo arbitral de medidas provisionales.(4) El tribunal ordenó al Ecuador (sea a través de su poder judicial, legislativo o ejecutivo) “a suspender o hacer que se suspenda la ejecución y reconocimiento, dentro y fuera del Ecuador, de la sentencia emitida por la Corte Provincial de Sucumbíos (Sala Única) el 3 de enero de 2012″. De igual manera, el tribunal ordenó al Ecuador abstenerse de otorgar cualquier tipo de certificación que podría “hacer que esta sentencia se torne ejecutable” en contra de Chevron.

El 26 de enero de 2012 el Procurador General del Ecuador envió una carta a la Corte Provincial de Sucumbíos, en la que notificó a los jueces sobre la decisión que el tribunal arbitral había tomado en relación al acuerdo bilateral.(5)

Decisión El 17 de febrero de 2012 la Corte Provincial de Sucumbíos emitió su decisión confirmando lo establecido por la ley de casación vigente en el Ecuador: el único método para suspender el efecto de una sentencia adversa sujeta a casación, es la fijación y depósito de una garantía en la corte de apelaciones, algo que Chevron nunca hizo. Pero lo más importante es que la corte decidió que no acataría lo establecido en el laudo provisional del tribunal arbitral.(6)

El argumento principal de la corte para no cumplir con el referido laudo fue que, al haberse visto enfrentado con dos obligaciones contradictorias, cabe decir, la obligación de hacer cumplir el laudo bajo los principios y reglas del derecho internacional y la obligación del Estado de proteger los derechos humanos de los individuos bajo otros acuerdos internacionales, ha optado por la última.

La corte afirmó lo siguiente:

“Chevron nos ha brindado una adecuada explicación de las obligaciones internacionales que son vinculantes para el Ecuador desde el punto de vista del derecho público internacional, en especial de la Convención de Viena. Sin embargo, el caso que nos atañe no simplemente contempla obligaciones del estado ecuatoriano bajo el derecho internacional en materia de tratados. También existe un potencial conflicto entre las normas internacionales; por un lado el carácter vinculante de los laudos arbitrales para el Ecuador (en temas de inversión), y por otro, la aplicación efectiva de los derechos humanos”.

La corte argumentó que las normas de la Convención de Viena sobre el Derecho de los Tratados, que exige que el Ecuador cumpla con el laudo provisional, son tan vinculantes para el Ecuador como lo es la Convención Interamericana de Derechos Humanos de la cual Ecuador es signatario. La Corte recordó que según el Artículo 29 de la Convención Interamericana de Derechos Humanos, los estados no podrán interpretarlo como “una autorización a las partes (en este caso Chevron o el tribunal de arbitraje) para suprimir el gozo o ejercicio de los derechos o libertades reconocidas por la convención”.

Según la Corte, el carácter obligatorio de esta disposición y el hecho de que “el laudo arbitral está basado en normas internacionales establecidas con el propósito de proteger las inversiones”, le llevó a concluir que el laudo arbitral no podía ser impuesto “por sobre las obligaciones imperantes en materia de derechos humanos”. La corte añadió:

“En su decisión, la Corte afirma el compromiso del Ecuador para con sus obligaciones internacionales, tanto en materia de inversiones como de derechos humanos; sin embargo, según nuestro análisis queda muy en claro que bajo la Convención de Viena y otras obligaciones internacionales, en caso de duda sobre qué leyes deben ser aplicadas, la última, es decir las obligaciones referentes a derechos humanos, tienen preferencia”.

Al tiempo que reconoce que los instrumentos internacionales tendrán precedencia sobre la legislación interna, la corte igualmente destacó las obligaciones impuestas por la Constitución sobre los jueces en relación a la protección de los derechos humanos.

El 1 de marzo de 2012, en respuesta al pedido de clarificación y revocación de la decisión del 17 de febrero de 2012 presentado por Chevron, la corte emitió una segunda sentencia confirmando su sentencia original.(7) Sin embargo, en la segunda opinión, la corte ampliamente justificó su decisión amparada en el derecho constitucional a un trato igual ante la ley. Según la corte, el cumplimiento con la decisión arbitral equivaldría a una violación de este principio, puesto que establecería una excepción a la norma general de la Ley de Casación que establece que el único mecanismo para suspender la ejecución de una sentencia constituye el pago de una garantía. Chevron estaría recibiendo un trato privilegiado si se permitiera suspender la ejecución de la sentencia a través de un laudo provisional internacional en lugar de exigir el pago de una caución.(8)

Comentario La sentencia de la corte de Sucumbíos promete atraer atención internacional. Los demandantes anunciaron que harán todo lo posible por ejecutar la sentencia en jurisdicciones fuera del Ecuador, puesto que Chevron prácticamente no tiene ningún activo en el país.

No obstante, es difícil conciliar algunos de los argumentos de la Corte; ésta puso considerable énfasis en el hecho de que al cumplir con el laudo arbitral internacional, el cumplimiento de su sentencia sería suspendido y, por lo tanto, se violarían los derechos humanos de los demandantes. En primer lugar, la corte no explicó por qué consideraba

que los derechos humanos de los demandantes habrían sido violados a través del cumplimiento de un laudo que no es definitivo; llegó a esta conclusión sin justificar conexión alguna.

En segundo lugar, la corte no afrontó el hecho de que el mismo resultado, la suspensión de la sentencia, se habría obtenido si Chevron hubiese pagado la caución bajo la legislación nacional. Más aún, el argumento constitucional que la corte desarrolló en su segunda sentencia para justificar su preferencia por el mecanismo nacional para no suspender su sentencia, por sobre la tesis internacional es cuestionable bajo cualquier doctrina del derecho constitucional, incluyendo la del Ecuador.

Además, el argumento de que la corte se vio enfrentada a dos tratados internacionales en conflicto: la Convención de Viena y la Convención Interamericana de Derechos Humanos, resulta algo problemático por las siguientes razones:

  • No estaban en juego dos decisiones tomadas por dos tribunales internacionales en conflicto.
  • La Convención de Viena no contradice ni a la Convención Interamericana de Derechos Humanos ni al Tratado Bilateral de Inversiones; y
  • El objetivo de la Convención Interamericana en Derechos Humanos es proteger a los ciudadanos de los abusos del Estado en materia de derechos humanos, más no el blindar a los estados de su cumplimiento de las obligaciones internacionales.

Al justificar su decisión, la Corte otorgó considerable autoridad no solo a la Convención Interamericana de Derechos Humanos, sino también a la Comisión Interamericana de Derechos Humanos y a la Corte Interamericana de Derechos Humanos, como las instituciones internacionales a cargo del cumplimiento de la convención; esto se hizo evidente en su segunda decisión.

Sin embargo, la deferencia mostrada por la Corte provincial a estas organizaciones internacionales contrastan con la actitud asumida por la Corte nacional en el caso del Diario El Universo, una demanda que atrajo atención mundial por sus implicaciones con temas de derechos humanos. En este caso, la Corte Nacional ignoró una medida cautelar emitida por la Comisión Interamericana el 21 de febrero de 32012, la que buscaba suspender los efectos de la decisión de la Corte puesto que los derechos de libertad de expresión de los acusados estaban seriamente amenazados. De hecho, la Corte Nacional prcedió y confirmó una

sentencia emitida por una corte inferior que habría sentenciado en contra del periódico, sus tres editores y un periodista a pagar al Presidente 40 millones de dólares por ofensas a su honor. La sentencia también condenó a los editores y al periodista a tres años de cárcel. La Corte Nacional finalmente suspendió las penas. Sin embargo, esto no se dio como resultado de la decisión de la Convención Interamericana sobre Derechos Humanos, sino más bien porque el Presidente perdonó a los acusados.

Para obtener mayor información sobre este tema, favor contactar a Hernán Pérez Loose en Coronel & Pérez vía telefónica al (+593 4 2519 900), por fax (+593 4 2320 657) o por correo electrónico (hperez@coronelyperez.com).

Notas finales

(1) En el 2002 la Corte de Apelaciones de Nueva York confirmó la decisión de una corte de distrito y desechó el caso basada en el criterio de forum non conveniens (jurisdicción inadecuada).

(2) Ver PCA case No 2009-23, Chevron Corporation (USA) & Texaco Petroleum Company (USA) v The Republic of Ecuador, disponible en www.chevron.com/documents/pdf/ecuador/NoticeOfArbitration.pdf.

(3) Versión en castellano del proceso de primera instancia y la sentencia del juez disponibles en www.funcionjudicial-sucumbios.gob.ec/sucumbios/index.php/consulta-de-causas.html. Seleccionar 2003 bajo ‘Año Juicio’ y tipo ‘Aguinda Maria’ bajo ‘Actor/Ofendido’.

(4) Ver www.chevron.com/documents/pdf/ecuador/SecondTribunalInterimAward.pdf.

(5) Carta No 06514, febrero 16, 2012.

(6) Versión en castellano del proceso de la corte provincial en www.funcionjudicial-sucumbios.gob.ec/sucumbios/index.php/consulta-de-causas.html. Seleccionar 2011 bajo ‘Año Juicio’ y tipo ‘Aguinda Maria’ bajo ‘Actor/Ofendido’ y ‘Chevron’ bajo ‘Demandado/Imputado’.

(7) Ibid.

(8) Ibid.

Este artículo fue originalmente editado y publicado en www.internationallawoffice.com –el Medio Online de los Socios de IBA, un Socio Internacional de Medios Online de ACC y de la Socio OnLine Europeo de ECLA. Para una suscripción gratuita regístrese en www.internationallawoffice.com/subscribe.cfm

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Una científica de Boulder acusada de manipular datos para apoyar un litigio histórico sobre la explotación petrolera en la Amazonía se retiró esta semana de una conferencia de la Agencia de Protección Ambiental de Estados Unidos (EPA, según sus siglas en inglés) en Denver en medio de cuestionamientos sobre su credibilidad, incluyendo acusaciones de que su investigación está empañada por su agenda de activista.

Ann Maest, una geoquímica y prominente consultora ambiental que participó en el controvertido documental “Crude” en el 2009, sobre la disputa acerca de la actividad petrolera en la selva amazónica del Ecuador, iba a dar una presentación el miércoles en la conferencia de EPA sobre minería, pero será reemplazada por una colega de la firma consultora de Boulder a la que está asociada.

Citando acusaciones contenidas en una demanda por fraude y asociación ilícita para extorsionar presentada el año pasado contra Maest y la firma consultora, así como otras relacionadas con el litigio amazónico, los críticos de Maest han lanzado una campaña nacional en contra de su participación en el encuentro de EPA en Denver.

A pesar de la ausencia de Maest, algunos de los críticos aún planean protestar en el evento del miércoles en el Renaissance Denver Hotel en el noreste de la ciudad. Un grupo activista pro-crecimiento económico “Americans for Prosperity-Colorado” ha anunciado que está organizando una manifestación al mediodía en el lugar de la conferencia contra “los reguladores y sus científicos tendenciosos”, a quienes acusan de eliminar empleos.

“Ann Maest y Stratus Consulting son el mejor ejemplo del tipo de ciencia dudosa impulsada por agendas que los reguladores federales y sus aliados “verdes” fuera del gobierno usan para bloquear la producción energética, aumentar los precios al consumidor, eliminar empleos y asfixiar a la economía estadounidense”, dijo el director del grupo, Jeff Crank, en un comunicado distribuido en ocasión del evento.

Los organizadores de la conferencia confirmaron a finales de la semana pasada que Maest había sido remplazada, pero fueron poco claros sobre las razones del cambio y quién lo había promovido. Un planificador de eventos que ayudó en la organización de la conferencia aseguró que Maest “llamó y dijo que no iba a poder participar”, pero reconoció que “ha habido discusiones sobre su participación” a la luz de la campaña para sacarla. Un funcionario de EPA, que copreside la conferencia, afirmó que el nombre de Maest estuvo en un borrador previo de la agenda, pero sostuvo que su colega en Stratus Consulting, quien la iba a reemplazar, podría haber sido escogida en primer lugar para asistir a la conferencia ya que es el autor principal del trabajo que sería presentado. David Reisman de EPA indicó que fue “a través de algo de confusión” que el nombre de Maest apareció en el borrador previo de la agenda.

Reisman también reconoció que su oficina había recibido correos electrónicos de quienes reclamaban que la agencia debería sacar a Maest del programa.

“Efectivamente, vi uno o dos de cientos que recibió mi director de laboratorio”, dijo.

Maest no respondió a pedidos de comentarios.

Tanto Maest como Stratus, entre muchos otros, fueron nombrados en la demanda por asociación ilícita entablada en febrero de 2011 por Chevron Corp, que a su vez está siendo demandada por grupos activistas

de Ecuador y Estados Unidos por supuesta contaminación ambiental en la Amazonía por la empresa petrolera estadounidense Texaco Petroleum Corp. Chevron adquirió Texaco en 2001.

El equipo estadounidense que demanda a Chevron incluye a Maest y Stratus como expertos ambientales y está siendo acusado en la demanda de la empresa ante la Corte de Distrito de Estados Unidos en Nueva York de colusión con protagonistas claves para fabricar su caso e inflar su reclamo multibillonario por daños y perjuicios.

El documental “Crude” relata en parte la demanda colectiva contra Chevron; la película fue criticada por la compañía por ser parcializada a favor de los demandantes. Chevron pidió a la corte que obligue al realizador Joe Berlinger a entregar las tomas no usadas de la película y el pedido fue otorgado después de mucha controversia. Entre las secuencias eliminadas pudo apreciarse un almuerzo de trabajo en un restaurante en el que Maest y el abogado principal de los demandantes Steven Donziger, entre otros, parecen coincidir que no cuentan con evidencia de una amplia contaminación de las aguas subterráneas, pero que fingirían para salir con las suyas porque, según las palabras de Donziger, “esto es el Ecuador”.

En su demanda por asociación ilícita del año pasado, Chevron alega que el mismo equipo legal conspiró para extorsionar a la compañía.

Esas acusaciones, según reportó el New York Times:

“…se concentran en las acciones de un perito independiente, Richard Cabrera, quien fue contratado por una corte ecuatoriana para realizar un estudio sobre el presunto daño ambiental”.

Chevron reclama que los demandantes presionaron para el nombramiento de Cabrera, pero aún más grave para Stratus es la evidencia de que Cabrera basó gran parte de su informe en las conclusiones de Stratus.

El juez federal, Lewis Kaplan, del Distrito Sur de Nueva York, quien está encargado de la causa por asociación ilícita, destacó en una de sus opiniones que no sólo el informe de Cabrera fue basado en el trabajo de Stratus, sino también que Stratus más tarde respaldó el informe de Cabrera en un comunicado de prensa divulgado por los demandantes.

Correos electrónicos obtenidos por Chevron “confirman que Stratus redactó porciones importantes del informe de Cabrera”, escribió Kaplan.

Stratus ha rechazado las acusaciones a través de sus abogados así como por medio de su sitio de internet, destacando su “reputación estelar por la excelencia y la calidad científica” de su trabajo de consultoría a lo largo de los años para una serie de entidades públicas.

Entre los críticos que desafían la aparición de Maest en la conferencia de EPA en Denver está el grupo

Resourceful Earth, quien recientemente lanzó una campaña de correos electrónicos denunciando a Maest y a EPA. La campaña asegura que la programada presencia de Maest… “prueba que la agencia ha elegido unirse a radicales que no están interesados en la verdad ni en la ciencia, sino que están interesados en acabar con la extracción de un recurso natural en los Estados Unidos”.

-Colorado Public Advocate, 3 de abril de 2012

Law360, 3 de abril de 2012

Un juez federal de Nueva York liberó este lunes a Chevron Corp. de una garantía de 21.8 millones de dólares vinculada con una ahora revocada sentencia por contaminación ambiental en Ecuador de 18.000 millones de dólares contra Chevron, fustigando de este modo los intentos de Patton Boggs LLP de cobrar dicha garantía monetaria.

El juez de distrito de Estados Unidos Lewis Kaplan había ordenado a Chevron pagar esta garantía para compensar a los demandantes ecuatorianos en caso de que la medida cautelar, emitida en marzo de 2011, fuese anulada posteriormente. El Segundo Circuito dejó sin efecto la medida cautelar en septiembre.

En su fallo del lunes, el juez Kaplan destacó que la sentencia de 18.000 millones de dólares contra Chevron era inejecutable de todos modos durante todo el período en que la medida cautelar estuvo en efecto ya que una corte de apelaciones en el Ecuador no confirmó la sentencia hasta el 3 de enero.

“Los acusados no presentaron ningún reclamo de agravio procedente por el hecho de que fueron exhortados a no buscar la ejecución de la sentencia ya que, como propiamente admitieron, no se encontraban con libertad para hacerlo mientras la orden estuvo en efecto”, dijo el juez Kaplan.

El juez Kaplan también se pronunció contra Patton Boggs, representante de algunos ecuatorianos en la disputa por la sentencia de los 18.000 millones de dólares, por tratar de cobrar la garantía a través de un juicio en Nueva Jersey presentado en nombre de esa firma de abogados.

“La firma de abogados demandante en la acción de Nueva Jersey, legalmente, no tiene derecho suficiente sobre la garantía –tanto allá como aquí- porque la garantía es, en esta acción, sólo a favor de los acusados”, dijo el juez Kaplan, agregando que los honorarios de los abogados no son recuperables en una medida cautelar, aún si ésta es revocada en una apelación.

Con la demanda de Nueva Jersey, Patton Boggs buscaba cobrar honorarios provenientes del enfrentamiento a la orden judicial y daños y perjuicios adicionales, por lo que ellos catalogaron de una acción judicial maliciosa de Chevron. La firma de abogados argumentaba que la orden del juez Kaplan había dejado a los ecuatorianos con una sentencia y con inadecuados recursos para poder ejecutarla y a abogados como Patton Boggs con facturas sin pagar.

Chevron ha acusado a Patton Boggs de buscar las cortes más convenientes para evitar al juez Kaplan.

El juez de Nueva York esencialmente coincidió, indicando que ninguno de los acusados en la demanda, ni Patton Boggs había presentado reclamo alguno por daños y perjuicios ante su corte a pesar de que era la corte más familiarizada con la disputa.

“Deben aceptar las consecuencias de su decisión táctica de renunciar a esa oportunidad”, dijo el juez Kaplan.

Randy Mastro, un abogado de Gibson Dunn & Crutcher LLP en representación de Chevron, sostuvo que el juez Kaplan lo definió “con toda precisión”.

“Una vez más, Patton Boggs se ha involucrado en una descarada búsqueda de la corte más conveniente y ha tenido que recurrir a distintas cortes”, afirmó Mastro. Esa demanda nunca debería haber sido llevada a Nueva Jersey, y Chevron ha buscado su traslado”.

Esta sonada disputa gira en torno a una sentencia en una demanda presentada por un grupo de indígenas ecuatorianos denominados como los demandantes de Lago Agrio, quienes reclaman que un predecesor de Chevron vertió petróleo en el Amazonas décadas atrás, provocando que los residentes desarrollaran enfermedades y destruyendo los recursos naturales.

La orden del juez Kaplan impidió a los ecuatorianos cobrar su sentencia –no sólo en Nueva York, sino también en cualquier corte en el resto del mundo- después de que la gigante petrolera manifestara preocupación porque un grupo de ciudadanos ecuatorianos podrían haber ganado un juicio contra la compañía a través del fraude y la corrupción judicial.

Sin embargo, el Segundo Circuito dejó sin efecto la orden, resaltando que la ley de Nueva York en relación con el reconocimiento de sentencias foráneas fue pensada para ayudar a los litigantes a cobrar sus sentencias, y no para convertir a Nueva York en un foro único para bloquear fallos extranjeros.

Ni los abogados de los acusados ecuatorianos ni Patton Boggs estuvieron disponibles inmediatamente para hacer comentarios este martes.

Chevron es representado por Randy Mastro, Andrea Neuman, Kristen Hendricks, Scott Edelman y William Thomson de Gibson Dunn & Crutcher LLP.

Los acusados en la demanda de Nueva York están representados por John Keker, Elliot Peters, Christopher Young, Jan Nielsen Little, Matthew Werdeger, Nikki Vo, Paula Blizzard y William Hicks de Keker & Van Nest LLP, por Ty Doyle, Craig Smyser y Larry Veselka de Smyser Kaplan & Veselka LLP, y por Julio Gómez de Gómez LLC.

El caso es Chevron Corp. v. Steven Donziger et al., número de caso 1:11-cv-00691, en la Corte de Distrito de Estados Unidos para el Distrito Sur de Nueva York.

El caso de Nueva Jersey es Patton Boggs LLP v. Chevron Corp., número de caso 2:12-cv-00901, en la Corte de Distrito de Estados Unidos para el Distrito de Nueva Jersey.

http://www.elcomercio.com/sociedad/Chevron-garantia-millones-ambiental-Ecuador_0_676732581.html

El Juicio contra Chevron en Ecuador

DATE: lun, mar. 12, 2012 POSTED IN: En Las Noticias

En el año 93, algunos pobladores de la amazonía de Ecuador demandaron a Texaco por supuesta contaminación ambiental mientras perforaba 325 pozos entre 1964 y 1992.

Ahora, es importante conocer los antecedentes: Cuando Texaco se iba de Ecuador porque no le renovaron el contrato que terminaba en el 98, se hicieron auditorías que demostraron la existencia de pasivos ambientales, pero también se determinó en ese estudio que las operaciones de Texaco en el Ecuador fueron conforme a las leyes ecuatorianas y estándares internacionales de producción de petróleo vigentes a esa época.

Ante la existencia de un pasivo ambiental, el consorcio Petroecuador-Texaco (Petroecuador es la empresa estatal de petróleos de Ecuador) debía hacer una remediación que fue pactada por el Estado y Texaco en cumplimiento con sus contratos y sus obligaciones legales de la época. El ofrecimiento se cumplió y Texaco gastó más $40 millones en remediar 162 piscinas de residuos y otras labores. Este trabajo fue auditado en su momento, llegando en el año 98 a la firma de un acta final donde liberaron a Texaco de toda futura responsabilidad por problemas que podrían existir en la zona.

Cuando Texaco hizo su remediación, quedaba a responsabilidad de Petroecuador hacer su parte como socio mayoritario con 65.5% del consorcio, quien recién empezó a hacerlo hace pocos años. Petroecuador no solamente es responsable por su parte de lo que hizo antes del año 90, sino los 21 años que vinieron después, donde es el único operador de esta zona que ha tenido un cuestionable récord ambiental, por lo tanto, cualquier solución debe involucrar al Estado ecuatoriano por ser los únicos responsables de los problemas en la zona.

Hace algunos años, Texaco fue comprada por la compañía Chevrón, la actual demandada. Los cuestionados jueces ecuatorianos han emitido una sentencia que ordena a Chevrón el pago de una indemnización por casi $9 mil millones para supuestas remediaciones ambientales. Este ha sido un proceso lleno de cuestionamientos, incluso los informes técnicos en los que se basó la sentencia fueron elaborados por peritos pagados por la parte acusadora, todo esto se supo mediante acciones judiciales en Estados Unidos que incluso han llegado a descubir correos con horrorosas confesiones de los abogados de los demandante respecto a sus actuaciones en este proceso.

El Juez que sentenció ha sido destituído en los últimos días por emitir resoluciones beneficiando a narcotraficantes, por lo tanto, carece de calidad moral y sus actuaciones dentro del caso Chevron no proceden conforme al sistema jurídico ecuatoriano.

No defiendo a la compañía, simplemente pretendo hacer un análisis estrictamente jurídico desde la perspectiva del sistema normativo de ese país.

Esta sentencia es ilegal e ilegítima porque pretenden aplicar normas actuales a un asunto del pasado, violando el principio de irretroactividad; demandan a una empresa que ya fue liberada de toda responsabilidad y no a Petroecuador que tuvo mayor participación en esa operación; se ha demostrado hasta la saciedad quiénes están detrás del caso y sus mañosas actuaciones; y, buscan mediante estrategias comunicacionales, mañas judiciales y apoyos políticos, ganar lo que en derecho no les corresponde poniendo en riesgo la moribumba seguridad jurídica de este hermoso país del sur de América.

Columnista de Diario Hoy en Ecuador; conductor de Los Reyes de la Noche en Radio i99; y, columnista de Guru Político. Correo electrónico: ccoronelg@hoy.com.ec Twitter: @ccoronelg

El Consejo de la Judicatura del Ecuador determinó la complicidad del juez Zambrano en un escándalo por tráfico de drogas.

Chevron Corp. (NYSE: CVX) renovó hoy su petición a las autoridades de Ecuador para que investiguen la abrumadora evidencia de fraude en el juicio de Lago Agrio, luego de que la agencia Associated Press, y el diario El Universo del Ecuador revelaran que Nicolás Zambrano, el juez que dictó la sentencia por 18,2 millones de dólares contra Chevron, fuera destituido como magistrado por su complicidad en un nuevo capítulo de corrupción judicial y tráfico de drogas en el Ecuador.

Los medios de comunicación informaron que el Consejo de la Judicatura ha determinado que el juez Zambrano y el juez Leonardo Ordóñez, quienes presidieron el juicio de Lago Agrio, debían ser destituidos de sus cargos en la Corte Provincial de Sucumbíos, tras una investigación sobre denuncias de trato indulgente con traficantes de drogas en casos presididos por ellos. La investigación y las destituciones se dieron luego de una denuncia presentada por la Unidad de Lucha contra el Crimen Organizado (ULCO) de Ecuador.

“Chevron ha demostrado a través de documentos de los propios abogados de los demandantes, y tomas no utilizadas de un documental, que el fallo del juez Zambrano contra Chevron fue redactado por los abogados de los demandantes. La evidencia también muestra que los representantes de los demandantes sobornaron a por lo menos un funcionario de la corte, a través de depósitos en una cuenta bancaria secreta. Ahora parecería ser que la corrupción en la Corte de Sucumbíos ha sido mucho más amplia”, dijo Hewitt Pate, vicepresidente y consejero general de Chevron. “Ya que estos jueces han sido destituidos de sus cargos, esperamos que otros se acerquen a presentar evidencias de las ilegalidades cometidas en esta Corte”.

A través de procesos judiciales de descubrimiento de pruebas en cortes norteamericanas, Chevron obtuvo evidencia que los abogados de los demandantes y sus consultores asesoraron clandestinamente a la corte en la redacción de la sentencia contra Chevron. Gran parte de la sentencia repite textualmente información contenida en los documentos internos de los abogados de los demandantes, que nunca formaron parte del expediente, incluyendo cifras de la base de datos interna de los abogados de los demandantes, y hasta copiando errores y citas bibliográficas incongruentes.

En el Ecuador, la redacción de sentencias no por jueces, sino por abogados, no se ha dado únicamente en el caso de Chevron. Como el mundo ha presenciado, el diario El Universo sufrió un trato similar en un juicio igualmente politizado donde el fallo final supuestamente fue redactado por abogados del presidente Rafael Correa, el demandante en este caso. El manejo del juicio de El Universo fue, en palabras del Washington Post: “Digno de una república bananera. Después de cuatro cambios de juez, un magistrado “temporal” se hizo cargo del caso, celebró una audiencia y, 33 horas después de su nombramiento, emitió un fallo de 156 páginas. Una investigación independiente posterior determinó que él no lo escribió y que el autor probablemente fue el abogado del Sr. Correa”.

Otras organizaciones independientes han señalado la marcada decadencia del sistema judicial ecuatoriano para administrar justicia con imparcialidad. A partir de la elección del presidente Correa, el Departamento de Estado de Estados Unidos ha informado sobre “la susceptibilidad de la judicatura a sobornos para obtener decisiones judiciales favorables y la resolución de procesos legales, así como de jueces que reparten los casos entre abogados externos quienes han redactado las sentencias judiciales y las han enviado a los jueces que presiden los distintos casos para su firma”. Otras instituciones han llegado a conclusiones similares y determinan que Ecuador ocupa uno de los lugares más bajos entre todas las naciones en cuanto al “imperio de la ley”.

Chevron es una de las principales compañías de energía integrada del mundo, con filiales que operan a nivel mundial. La compañía trabaja en prácticamente todas las facetas de la industria de la energía. Chevron explora, produce y transporta petróleo crudo y gas natural; refina, comercializa y distribuye combustibles para el transporte y lubricantes; fabrica y vende productos petroquímicos, genera energía y produce energía geotérmica; ofrece soluciones de eficiencia energética, y desarrolla los recursos energéticos del futuro, incluidos los biocombustibles. Chevron tiene su sede en San Ramón, California

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